TRANSPARENCIA OBLIGACIONES COMUNES

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I. MARCO NORMATIVO DEL SUJETO OBLIGADO Los sujetos obligados deberán publicar un listado con la normatividad que emplean para el ejercicio de sus funciones. Cada norma deberá estar categorizada y contener un hipervínculo al documento correspondiente. Descargar archivo

II. ESTRUCTURA ORGÁNICA COMPLETA Esta sección estará disponible para consulta pública a partir del 6 de noviembre del año en curso, en términos del artículo segundo transitorio de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; en la que menciona que los Sujetos Obligados cuentan con seis meses a partir de la entrada en vigor, para cargar la información pública de acuerdo a sus competencias. Descargar archivo

III. FACULTADES DE CADA ÁREA En cumplimiento a esta fracción, los sujetos obligados publicarán las facultades respecto de cada una de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico o normatividad equivalente respectiva, entendidas éstas como las aptitudes o potestades que les otorga la ley para para llevar a cabo actos administrativos y/o legales válidos, de los cuales surgen obligaciones, derechos y atribuciones. Descargar archivo

IV. LAS METAS Y OBJETIVOS DE LAS ÁREAS DE CONFORMIDAD CON SUS PROGRAMAS OPERATIVOS Para el cumplimiento de esta fracción se deberá entender como meta la cuantificación y/o expresión numérica del o los objetivos y/o indicadores que planea o busca alcanzar el sujeto obligado a través de cada una de las áreas o unidades responsables ejecutoras del gasto o concentradoras que consoliden las actividades, según corresponda, en el tiempo especificado y con los recursos necesarios en los términos de la normatividad que le sea aplicable. Descargar archivo

V. INDICADORES RELACIONADOS CON EL INTERES PUBLICO Se entiende por temas de interés público o trascendencia social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3, fracción XII de la Ley General, aquellos temas que son relevantes o beneficiosos para la sociedad y cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados. Descargar archivo

VI. LOS INDICADORES QUE PERMITAN RENDIR CUENTA DE SUS OBJETIVO Y RESULTADOS Los sujetos obligados que se regulen por la Ley General de Contabilidad Gubernamental así como por las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable publicarán la información de los indicadores de desempeño observando lo establecido en los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico emitidos por el Consejo antes citado, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013 o sus subsecuentes modificaciones y podrán hacer uso de las Guías para la construcción de la MIR y para el diseño de indicadores que se encuentran disponibles en las páginas de Internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el CONEVAL. Descargar archivo

VII. DIRECTORIO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Para el cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán integrar el directorio con los datos básicos para establecer contacto con sus servidores(as) públicos(as), integrantes y/o miembros, así como toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad en los mismos. Descargar archivo

VIII. LA REMUNERACIÓN BRUTA Y NETA DE TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS Lo anterior permite a cada sujeto obligado identificar claramente cuál información deberá publicar en este rubro a fin de cumplir con el principio de máxima publicidad y proporcionar, a través de su sitio de transparencia y de la Plataforma Nacional, la información de todos(as) los(as) servidores(as) públicos(as) de base, de confianza, integrantes, miembros del sujeto obligado y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad. Descargar archivo

IX. LOS GASTOS DE REPRESENTACIÓN Y VIÁTICOS, ASÍ COMO EL OBJETO E INFORME DE COMISIÓN CORRESPONDIENTE. El Clasificador por Objeto del Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable define a los servicios de traslado y viáticos como las “asignaciones destinadas a cubrir los servicios de traslado, instalación y viáticos del personal, cuando por el desempeño de sus labores propias o comisiones de trabajo, requieran trasladarse a lugares distintos al de su adscripción”. Descargar archivo

X. EL NÚMERO TOTAL DE LAS PLAZAS Y DEL PERSONAL DE BASE Y CONFIANZA, ESPECIFICANDO EL TOTAL DE LAS VACANTES, POR NIVEL DE PUESTO, PARA CADA UNIDAD ADMINISTRATIVA. En este apartado los sujetos obligados publicarán información con base en su estructura orgánica vigente, aprobada y registrada por el órgano competente. Desde cada nivel de estructura se deberá incluir el listado de las áreas que le están subordinadas jerárquicamente y desde cada área se desplegará el listado con el total de plazas tanto de base como de confianza17, sean de carácter permanente o eventual, de tal forma que se señale cuáles están ocupadas y cuáles vacantes, así como los totales. Descargar archivo

XI. LAS CONTRATACIONES DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS, SEÑALANDO LOS NOMBRES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS, LOS SERVICIOS CONTRATADOS, EL MONTO DE LOS HONORARIOS Y EL PERIODO DE CONTRATACIÓN. En cumplimiento de la presente fracción, los sujetos obligados publicarán información de las personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios; entendiéndose éstos como los servicios que se contratan y/o prestan a cambio de una retribución por ellos. Descargar archivo

XII. LA INFORMACIÓN EN VERSIÓN PÚBLICA DE LAS DECLARACIONES PATRIMONIALES, DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE ASÍ LO DETERMINEN, EN LOS SISTEMAS HABILITADOS PARA ELLO DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nóminas de Campeche, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de la Contraloría: Art. 24 Fracc. XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado. Descargar archivo

XIII. EL DOMICILIO DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ADEMÁS DE LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DONDE PODRÁN RECIBIRSE LAS SOLICITUDES PARA OBTENER LA INFORMACIÓN. Todos los sujetos obligados publicarán la información necesaria para que las personas puedan establecer contacto y comunicación con su respectiva Unidad de Transparencia y, si así lo requieren, auxiliarlos en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y en su caso orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable, tal como lo establece el artículo 45, fracción III, de la Ley General; además, si se requiere, deberán orientarlos al sistema de solicitudes de acceso a la información que corresponda. Descargar archivo

XIV. LAS CONVOCATORIAS A CONCURSOS PARA OCUPAR CARGOS PÚBLICOS Y LOS RESULTADOS DE LOS MISMOS. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nóminas de Campeche, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental: Art. 23 Fracc. I de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Descargar archivo

XV. LA INFORMACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE SUBSIDIOS, ESTÍMULOS Y APOYOS, EN EL QUE SE DEBERÁ INFORMAR RESPECTO DE LOS PROGRAMAS DE TRANSFERENCIA, DE SERVICIOS, DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y DE SUBSIDIO. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nóminas de Campeche, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a Secretaría de Salud: Art. 28, y Secretaría de Desarrollo Social y Humano: Art. 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Descargar archivo

XVI. LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO, CONTRATOS O CONVENIOS QUE REGULEN LAS RELACIONES LABORALES DEL PERSONAL DE BASE O DE CONFIANZA, ASÍ COMO LOS RECURSOS PÚBLICOS ECONÓMICOS, EN ESPECIE O DONATIVOS, QUE SEAN ENTREGADOS A LOS SINDICATOS Y EJERZAN .. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nóminas de Campeche, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental: Art. 23 Fracc. II de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Descargar archivo

XVII. LA INFORMACIÓN CURRICULAR DESDE EL NIVEL DE JEFE DE DEPARTAMENTO O EQUIVALENTE HASTA EL TITULAR DEL SUJETO OBLIGADO, ASÍ COMO, EN SU CASO, LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE QUE HAYA SIDO OBJETO. La información que los sujetos obligados deberán publicar en cumplimiento a la presente fracción es la curricular no confidencial relacionada con todos los(as) servidores(as) públicos(as) y/o personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en el sujeto obligado desde nivel de jefe de departamento o equivalente y hasta el titular del sujeto obligado, que permita conocer su trayectoria en el ámbito laboral y escolar. Descargar archivo

XVIII. EL LISTADO DE SERVIDORES PÚBLICOS CON SANCIONES ADMINISTRATIVAS DEFINITIVAS, ESPECIFICANDO LA CAUSA DE SANCIÓN Y LA DISPOSICIÓN. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nóminas de Campeche, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de la Contraloría: Art. 24 Fracc. VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Descargar archivo

XIX. LOS SERVICIOS QUE OFRECEN SEÑALANDO LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A ELLOS. En cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán publicar la información necesaria para que los particulares conozcan y gocen de los servicios públicos que prestan, entendiéndose éstos como las actividades realizadas por la administración pública para satisfacer necesidades de la población, sea directamente, mediante permisionario, concesionario o empresas productivas del Estado, siempre conforme a las leyes y reglamentos vigentes. Descargar archivo

XX. LOS TRÁMITES, REQUISITOS Y FORMATOS QUE OFRECEN. La información que se deberá publicar en esta fracción guarda relación con la contenida en la fracción XIX (servicios proporcionados por los sujetos obligados y los requisitos para acceder a ellos); no obstante, esto no implica que se trate de la misma información. En este caso se publicará información relacionada con las tareas administrativas que realizan los sujetos obligados en sus diferentes ámbitos (federal, estatal, delegacional y municipal) con el objeto de atender las peticiones que realicen los particulares ya sea para la obtención de un beneficio, o bien, cumplir con alguna obligación ante una autoridad, de conformidad con la normatividad respectiva respecto de los trámites que realizan. Descargar archivo

XXI. LA INFORMACIÓN FINANCIERA SOBRE EL PRESUPUESTO ASIGNADO, ASÍ COMO LOS INFORMES DEL EJERCICIO TRIMESTRAL DEL GASTO, EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y DEMÁS NORMATIVIDAD APLICABLE La información que publicarán los sujetos obligados en cumplimiento de esta fracción se organizará de conformidad con los siguientes rubros: Información contable, Información presupuestaria e Información complementaria. Descargar archivo

XXII. LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA DEUDA PÚBLICA, EN TÉRMINOS DE LA NORMATIVIDAD ALICABLE No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Según lo establecido en el Articulo 22 de la Ley de Disciplina Financiera de las entidades Federativas y los Municipios. Le corresponde a la Secretaria de Finanzas Articulo 22 Fracción XVII de la Ley Orgánica de de la Administración Publica del Estado de Campeche. Descargar archivo

XXIII. LOS MONTOS DESTINADOS A GASTOS RELATIVOS A COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD OFICIAL DESGLOSADA POR TIPO DE MEDIO, PROVEEDORES, NÚMERO DE CONTRATO Y CONCEPTO O CAMPAÑA. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nóminas de Campeche, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Unidad de Comunicación Social: Art. 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Descargar archivo

XXIV. LOS INFORMES DE RESULTADOS DE LAS AUDITORÍAS AL EJERCICIO PRESUPUESTAL DE CADA SUJETO OBLIGADO QUE SE REALICEN, Y, EN SU CASO, LAS ACLARACIONES QUE CORRESPONDAN. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de la Contraloría: Art. 24 fraccs. VII, VIII, XI y XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Descargar archivo

XXV. EL RESULTADO DE LA DICTAMINACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS. Todos los sujetos obligados publicarán el informe de resultados de los dictámenes realizados a sus estados financieros por las empresas auditoras contratadas para tal fin. La dictaminación de los estados financieros deberá realizarla un contador público registrado en términos de las disposiciones que establezcan el Código Fiscal de la Federación y los códigos u ordenamientos fiscales de las Entidades Federativas. Descargar archivo

XXVI. LOS MONTOS, CRITERIOS, CONVOCATORIAS Y LISTADO DE PERSONAS FÍSICAS O MORALES A QUIENES, POR CUALQUIER MOTIVO, SE LES ASIGNE O PERMITA USAR RECURSOS PÚBLICOS O EN LOS TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES APLICABLES, REALICEN ACTOS DE AUTORIDAD. No Aplica La información relativa de datos personales está protegida por la ley de protección de datos personales del estado de Campeche y Debido a que El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del dos Por ciento Sobre Nóminas tiene celebrado un Contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración de fecha 30 de julio de 1993, con la Fiduciaria Nacional Financiera Sociedad Nacional de Crédito. Siendo el marco jurídico de actuación la Ley de Instituciones de Crédito vigente, artículo 46 fracción XV, que permite las operaciones de las instituciones de crédito para practicar fideicomisos a que se refiere la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y llevar a cabo mandatos y comisiones; el artículo 106 fracción XIX, inciso b) y de manera especial el TÍTULO SÉPTIMO “De la Protección de los Intereses del Público”, que refiere el artículo 142 para el secreto fiduciario, las obligaciones de confidencialidad de los funcionarios y excepciones a dicho principio únicamente por orden judicial fundada y motivada de autoridad competente que expresamente enlista dicho dispositivo, con lo que se sustenta la fracción IV del artículo 28 para establecer declaratorias de información confidencial por disposición expresa de otra Ley, como se refiere, dispositivo de observancia obligatoria y sancionado con responsabilidad administrativa, civil y penal, reparación de daños y perjuicios por divulgación indebida de información fiduciaria que únicamente puede ser dada a conocer al depositante, deudor, titular, beneficiario, fideicomitente, fideicomisario, comitente o mandante, o a sus representantes legales o a quienes tengan otorgado poder para disponer de la cuenta o para intervenir en la operación o servicio. Archivo no disponible
XXVII. LAS CONCESIONES, CONTRATOS, CONVENIOS, PERMISOS, LICENCIAS O AUTORIZACIONES OTORGADOS, ESPECIFICANDO LOS TITULARES DE AQUÉLLOS, DEBIENDO PUBLICARSE SU OBJETO, NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL TITULAR, VIGENCIA, TIPO, TÉRMINOS, CONDICIONES, MONTO ... No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental: Art. 23 Fracc. XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado. Descargar archivo

XXVIII. LA INFORMACIÓN SOBRE LOS RESULTADOS SOBRE PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN DIRECTA, INVITACIÓN RESTRINGIDA Y LICITACIÓN DE CUALQUIER NATURALEZA, INCLUYENDO LA VERSIÓN PÚBLICA DEL EXPEDIENTE RESPECTIVO Y DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental: Art. 23 Fracc. XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado. Descargar archivo

XXIX. INFORMES QUE POR DISPOSICIÓN LEGAL GENERAN En cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán publicar una relación de todos y cada uno de los informes que, de acuerdo con su naturaleza y la normatividad vigente que les resulte aplicable, se encuentren obligados a rendir ante cualquier otro sujeto obligado; asimismo, se deberá vincular al documento del informe que corresponda. Descargar archivo

XXX. LAS ESTADÍSTICAS QUE GENEREN EN CUMPLIMIENTO DE SUS FACULTADES, COMPETENCIAS O FUNCIONES CON LA MAYOR DESAGREGACIÓN POSIBLE. Para dar cumplimiento a lo establecido en esta fracción, todos los sujetos obligados deberán publicar una relación de las estadísticas de cualquier tipo que hayan generado en cumplimiento de sus facultades, competencias y/o funciones, y vincular a los documentos, bases de datos y/o sistemas donde se registran los resultados periódicos respectivos, los cuales deberán ofrecerse en formato abierto, de acuerdo con el concepto establecido en la Ley General, artículo 3, fracción X. Descargar archivo

XXXI. INFORME DE AVANCES PROGRAMÁTICOS O PRESUPUESTALES, BALANCES GENERALES Y SU ESTADO FINANCIERO. Cada uno de los sujetos obligados debe publicar y actualizar la información financiera registrada en su Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG), en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Acuerdo por el que se emite el Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental publicado en el DOF el 20 de agosto de 2009 y demás normatividad aplicable. Descargar archivo

XXXII. PADRÓN DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS. En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar un padrón con información relativa a las personas físicas y morales con las que celebren contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y/o servicios relacionados con las mismas, que deberá actualizarse por lo menos cada tres meses. Descargar archivo

XXXIII. LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN DE CONCERTACIÓN CON LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera la citada información debido a que no cuenta con facultades para intervenir en este tipo de documentos; por tratarse de actos jurídicos en materia de desarrollo social, se encuentran dentro del ámbito de competencia de la Secretaria de desarrollo Social y Humano, de conformidad con lo establecido en el artículo 29, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, que textualmente señala “…A la Secretaria de Desarrollo Social y Humano le corresponde… Proponer, ejecutar y supervisar los acuerdos en coordinación y los convenios de coinversión que en materia de desarrollo social conviene el Estado con la Federación y con los Municipios, así como con organismos privados y sociales, tanto nacionales como internacionales. Descargar archivo

XXXIV. EL INVENTARIO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN POSESIÓN Y PROPIEDAD Descargar archivo

XXXV. LAS RECOMENDACIONES EMITIDAS POR LOS ÓRGANOS PÚBLICOS DEL ESTADO MEXICANO U ORGANISMOS INTERNACIONALES GARANTES DE LOS DERECHOS HUMANOS, ASÍ COMO LAS ACCIONES QUE HAN LLEVADO A CABO PARA SU ATENCIÓN. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Gobierno: art. 24 fracc. XVI de su Reglamento Interior. Descargar archivo

XXXVI. LAS RESOLUCIONES Y LAUDOS QUE SE EMITAN EN PROCESOS O PROCEDIMIENTOS SEGUIDOS EN FORMA DE JUICIO. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nóminas de Campeche, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde al Poder Judicial del Estado de Campeche: Capitulo Tercero fracción 24 del Código de Ética del Poder Judicial del Estado de Campeche y Art. 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche. Descargar archivo

XXXVII. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social y Humano: Art. 29 Fracc. IX y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Descargar archivo

XXXVIII. LOS PROGRAMAS QUE OFRECEN, INCLUYENDO INFORMACIÓN SOBRE LA POBLACIÓN, OBJETIVO Y DESTINO, ASÍ COMO LOS TRÁMITES, TIEMPOS DE RESPUESTA, REQUISITOS Y FORMATOS PARA ACCEDER A LOS MISMOS. En esta fracción todos los sujetos obligados publicarán la información de todos los programas distintos a los programas sociales que están publicitados en el artículo 70, fracción XV de la Ley General (programas de subsidios, estímulos y apoyos, programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social). Archivo no disponible
XXXIX. LAS ACTAS Y RESOLUCIONES DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LOS SUJETOS OBLIGADOS En esta fracción se publicará información de las resoluciones del Comité de Transparencia, establecidas en el artículo 44 de la Ley General, las cuales darán cuenta de las funciones de ese organismo colegiado. Todos los sujetos obligados con excepción de los organismos o unidades referidas en el quinto párrafo del artículo 43 de la Ley estarán supeditados a la autoridad del Comité de Transparencia. Descargar archivo

XL. TODAS LAS EVALUACIONES, Y ENCUESTAS QUE HAGAN LOS SUJETOS OBLIGADOS A PROGRAMAS FINANCIADOS CON RECURSOS PÚBLICOS Los sujetos obligados regulados por la Ley General de Contabilidad Gubernamental y por las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable deberán publicar la información relacionada con los resultados de las evaluaciones de los programas a su cargo, de conformidad con los plazos y los términos previstos para tales efectos en el artículo 79 de la referida ley así como en la Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados a las entidades federativas, aplicables a la Federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, publicada por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en el Diario Oficial de la Federación del 4 de abril de 2013, o sus subsecuentes modificaciones. Descargar archivo

XLI. LOS ESTUDIOS FINANCIADOS CON RECURSOS PÚBLICOS. En el período que se reporta, este Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas de Campeche las facultades y funciones a que se refiere la fracción XLI del artículo 70 de la LGTAIP, ya que no solicitado la realización de documentos de la naturaleza y características que se señala en esa disposición normativa, por lo que se encuentra imposibilitada para publicar y actualizar esa obligación de transparencia, lo que se hace constar en cumplimiento a la fracción II del numeral noveno de los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones establecidas en el Titulo Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Descargar archivo

XLII. EL LISTADO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS Y EL MONTO QUE RECIBEN. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innvación Gubernamental: Art. 23 Fracc. V y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública y al ISSSTECAM tal como lo establece la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Campeche. Descargar archivo

XLIII A). LOS INGRESOS RECIBIDOS POR CUALQUIER CONCEPTO SEÑALANDO EL NOMBRE DE LOS RESPONSABLES DE RECIBIRLOS, ADMINISTRARLOS Y EJERCERLOS, ASÍ COMO SU DESTINO, INDICANDO EL DESTINO DE CADA UNO DE ELLOS. Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos, así como los ingresos recaudados con base en las disposiciones locales aplicables en la materia. Descargar archivo

XLIV. DONACIONES HECHAS A TERCEROS EN DINERO O EN ESPECIE. No Aplica A)- El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Desarrollo Energético Sustentable quien tiene a su cargo la competencia de gestionar, coordinar y dar seguimiento a los donativos, donaciones, aportaciones, proyectos de beneficio mutuo y, en general, a todos los apoyos otorgados al Estado de Campeche tal como lo señala el artículo 11 fracción I y 15 fracción II de su Reglamento Interior, así como la Secretaría de Desarrollo Social y Humano quien tiene a su cargo analizar la integración de los expedientes técnicos y financieros de los programas, proyectos, obras y acciones autorizadas con recursos otorgados al Estado por el Ejecutivo federal, mediante donativos, tal como lo señala el artículo 21 fracción IV de su Reglamento Interior. B)- El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2%Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental: Art. 23 Fracc. IX de la Ley Orgánica. Descargar archivo

XLV. EL CATÁLOGO DE DISPOSICIÓN Y GUÍA DE ARCHIVO DOCUMENTAL El artículo 24, fracción IV de la Ley General indica que todo sujeto obligado deberá “constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental, conforme a la normatividad aplicable”. Por lo anterior, los sujetos obligados de los órdenes, federal, estatales, municipales y delegacionales, deben elaborar los instrumentos de control y consulta archivística que le permitan organizar, administrar, conservar y localizar de manera expedita sus archivos. Descargar archivo

XLVI. LAS ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS, ASÍ COMO LAS OPINIONES Y RECOMENDACIONES QUE EMITAN, EN SU CASO, LOS CONSEJOS CONSULTIVOS. No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública: art. 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Descargar archivo

XLVII. PARA EFECTOS ESTADÍSTICOS, EL LISTADO DE SOLICITUDES A LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DE TELECOMUNICACIONES Y PROVEEDORES DE SERVICIOS O APLICACIONES DE INTERNET PARA LA INTERVENCIÓN DE COMUNICACIONES PRIVADAS… No Aplica El Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas, no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental: Art. 23 Fracc. XVIII, XIX, XX y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Descargar archivo

XLVIII A). CUALQUIER OTRA INFORMACIÓN QUE SEA DE UTILIDAD O SE CONSIDERE RELEVANTE, ADEMÁS DE LA QUE, CON BASE EN LA INFORMACIÓN ESTADÍSTICA, RESPONDA A LAS PREGUNTAS HECHAS CON MÁS FRECUENCIA POR EL PÚBLICO. En esta fracción los sujetos obligados publicarán información a partir de la demanda de la sociedad, con el propósito de promover su reutilización, permitir la generación de conocimiento público útil y disminuir asimetrías de información. Descargar archivo

XXXIV A). INVENTARIO DE BIENES MUEBLES Descargar archivo

XXXIV B). INVENTARIO DE ALTAS PRACTICADAS A BIENES MUEBLES Descargar archivo

XXXIV C). INVENTARIO DE BAJAS PRACTICADAS A BIENES MUEBLES En el período que se reporta, este Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas de Campeche las facultades y funciones a que se refiere la fracción XLI del artículo 70 de la LGTAIP, ya que no solicitado la realización de documentos de la naturaleza y características que se señala en esa disposición normativa, por lo que se encuentra imposibilitada para publicar y actualizar esa obligación de transparencia, lo que se hace constar en cumplimiento a la fracción II del numeral noveno de los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones establecidas en el Titulo Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Descargar archivo

XXXIV D). INVENTARIO DE BIENES INMUEBLES Descargar archivo

XXXIV E). INVENTARIO DE ALTAS PRACTICADAS A BIENES INMUEBLES En el período que se reporta, este Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas de Campeche las facultades y funciones a que se refiere la fracción XLI del artículo 70 de la LGTAIP, ya que no solicitado la realización de documentos de la naturaleza y características que se señala en esa disposición normativa, por lo que se encuentra imposibilitada para publicar y actualizar esa obligación de transparencia, lo que se hace constar en cumplimiento a la fracción II del numeral noveno de los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones establecidas en el Titulo Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Descargar archivo

XXXIV F). INVENTARIO DE BAJAS PRACTICADAS A BIENES INMUEBLES En el período que se reporta, este Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas de Campeche las facultades y funciones a que se refiere la fracción XLI del artículo 70 de la LGTAIP, ya que no solicitado la realización de documentos de la naturaleza y características que se señala en esa disposición normativa, por lo que se encuentra imposibilitada para publicar y actualizar esa obligación de transparencia, lo que se hace constar en cumplimiento a la fracción II del numeral noveno de los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones establecidas en el Titulo Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Descargar archivo

XXXIV H). INVENTARIO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DONADOS En el período que se reporta, este Fideicomiso de Inversión del Impuesto del 2% Sobre Nominas de Campeche las facultades y funciones a que se refiere la fracción XLI del artículo 70 de la LGTAIP, ya que no solicitado la realización de documentos de la naturaleza y características que se señala en esa disposición normativa, por lo que se encuentra imposibilitada para publicar y actualizar esa obligación de transparencia, lo que se hace constar en cumplimiento a la fracción II del numeral noveno de los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones establecidas en el Titulo Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Descargar archivo

XLIII B). Responsables de recibir, administrar y ejercer los ingresos Descargar archivo

XLVIII B). Otra Información de Interés Publico Descargar archivo

Ultimo párrafo del articulo 70 Los sujetos obligados deberán informar a los organismos garantes y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, Cuales son los rubros que son aplicables a sus paginas de Internet, con el objeto de que estos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado. Descargar archivo